Se
trata de los correos y celulares de los Carabineros Patricio Marín Lazzo y
Leonardo Osses Sandoval, oficiales integrantes de la Dirección de Inteligencia
de Carabineros.
Los antecedentes de los oficiales de Carabineros
Estos dos sujetos son personajes
conocidos para las comunidades mapuche. A Marín Lazzo se le atribuye la
responsabilidad de haber ordenado la infiltración de Raúl Castro Antipán en el
movimiento mapuche con el objeto de involucrar a miembros de comunidades en
distintos atentados en La Araucanía.
El modus operandi era realizar
atentados para luego aparecer en los juicios como testigo de los hechos,
involucrando a comuneros mapuche.
Castro Antipán se encuentra condenado
por ley antiterrorista luego de haberse comprobado su autoría en atentados en
la zona.
Por
su parte, a Osses Sandoval, además de ser investigado por destruir un libro de
registro, tras el extravío de un arma 9 milímetros semiautomática con 15 tiros
que estaba a su cargo, es sindicado como parte de los policías que han causado terror en las comunidades mapuche.
Una denuncia realizada en mayo del año pasado, le acusa de ser
parte del atropello e intento de homicidio de Pedro Lepicheo Machacan, quien
viajaba junto a su pareja Viviana Llanquileo y sus hijos de 3 y 2 años.
En
su comunicado afirman:
“Los policías que
intentaron matar a nuestro peñi y torturaron a nuestra lamien y sus hijos, son
los mismos que han cargado con municiones a varios otros comuneros y atacado a
mansalva a otros Lov en Resistencia.
Son dirigidos por
el capitán Leonardo Osses y el teniente David Gaete. Son los mismos que
torturaron a los comuneros del Lov Choque en febrero de 2016 y los mismos que
atacaron a balazos a la comunidad María Colipi el pasado mes de marzo.”
En septiembre del 2016, 13 presos políticos mapuche
recluidos en la cárcel de Lebu denunciaron al oficial de inteligencia de
Carabineros de Chile Leonardo Osses Sandoval como el
responsable detrás de múltiples detenciones y procedimientos que terminaron con
comuneros mapuche formalizados por el delito de porte de municiones.
La orden judicial
En
el documento revelado por La Tercera, se puede
leer que el tribunal autorizó:
“la incautación y
registro autorizada, contempla el acceso, revisión y extracción de comunicación
vía mensajería e información contenida en los aparatos celulares, cuentas
personales de correos o Whatsapp”. Junto con eso se autorizó “la extracción de
información y datos de teléfonos contenidos en ellos con el objeto de acceder y
obtener listado de contactos, registro de llamadas entrantes, salientes,
perdidas, mensajes de texto y los contenidos de aplicaciones de mensajería y
archivos adjuntos, fotografías y videos, correos electrónicos enviados,
recibidos, borradores y eliminados y sus archivos adjuntos cualquiera sea su
extensión, información”.
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